Texto de Emanuela Carmenati. Vicepresidente del Tribunal Arbitral de Girona (TAG) y Vicepresidente la del Colegio de Administradores de fincas de Girona.
Es obvio que en materia de relaciones humanas hoy en día ya no hay nada que inventar, pero sí es cierto que la dinámica globalizadora en la que estamos inmersos ha hecho que con demasiada frecuencia no reconozcamos determinados procesos sociales por elementales y primarios que sean, y de ahí la emergente necesidad de redefinir pautas y modelos, bautizándolos como si fueran nuevos, cuando en realidad siempre hemos convivido con ellos. También es cierto que en una sociedad consumista y acelerada donde sobrevivir implica cumplir horarios, llegar a fin de mes, organizar nuestras tareas para que cumplamos con todas las necesidades que nos hemos ido creando y de las que somos esclavos, … no hay muchas oportunidades de reflexionar sobre lo que nos está sucediendo, y mucho menos sobre lo que le puede estar sucediendo a alguien de nuestro entorno. Intuitivamente hemos desarrollado perversos mecanismos de autodefensa, que hacen que nos inhibamos frente a cualquier sombra de conflicto que no vaya directamente con nosotros. Nuestra compleja administración de nuestro tiempo, ese bien escaso que se nos escapa de las manos minuto tras minuto, no nos permite levantar la cabeza para participar de los problemas ajenos, creándose un hábitat egocéntrico dentro del cual por definición, no caben la generosidad ni el altruismo. Es dentro de contextos como el apuntado, que se da vía libre y desenfrenada a innumerables situaciones de conflicto, que se nutren de la actitud de estos consumistas compulsivos de tiempo propio, que poco o nada aportan para evitarlo o solventarlo. Aún cuando con suerte el conflicto es detectado, la postura más cómoda es evitarlo. Si juntamos este perfil de personas con el de aquellas dispuestas a invertir sus esfuerzos para que el conflicto sea exitoso, entonces lo más probable es que se desarrollen infinidad de formas de acosos. Cuándo éste tenga lugar en las escuelas hablaremos de BULLING, si nos lo encontramos en nuestro entorno laboral lo llamamos MOBBING, y si lo sufrimos en la Comunidad de Propietarios de nuestros inmuebles entonces hablaremos de BLOCKING. El término acuñado, de claro origen anglosajón, tanto recoge el hecho en sí de bloquear a una persona como se refiere a un inmueble e incluso a una manzana construida. Más genéricamente conocemos el término “burnout”, o “síndrome del quemado”, y es aquél fenómeno psicosocial que se verifica a través de determinadas pautas externas que desencadenan un stress que hace, de las personas que lo sufren, unas verdaderas víctimas. La característica común de este síndrome es el acoso. No se trata propiamente de un problema de convivencia, ni tan siquiera de disparidad de criterios entre los diferentes intervinientes en una relación, sino propiamente de una intención maliciosa, proyectada con violencia psicológica sobre la víctima. Pero el buen éxito del blocking dependerá de la concurrencia y participación de las tres tipologías o diferentes sujetos intervinientes, a los que corresponden los siguientes perfiles: De entrada debe existir un agresor, que actuará con intencionalidad y crueldad. Suele ser una persona que proyecta sus infortunios sobre alguien que de alguna manera le causa admiración y a la que por tanto envidia. Se puede decir que con sus actos desahoga sus propias frustraciones. Si bien el éxito del ataque al agresor le alimenta y fortalece, envalentándole a preparar más acciones acosantes, nada le molesta más que el fracaso de su acción o, peor aún, la indiferencia, de tal suerte que ello también le predispondrá a radicalizar sus mensajes negativos. Huelga decir que ello le pone las cosas muy difíciles al agredido, ya que una vez seleccionado para focalizar sobre él todas sus frustraciones, poco o nada puede hacer para evitarlas. Y es que efectivamente el agredido nunca es escogido al azar, sino que es escrupulosamente seleccionado, dado que en realidad el síndrome no nace de la existencia de una agresión, sino que se desarrolla a partir del momento en que la misma logra infligir el daño ideado, en mayor o menor medida. Así pues, el agredido será siempre una persona inteligente, ya que por ello percibirá la sutileza de la agresión que muchas veces podrá pasar inadvertida a los demás, será además una persona sensible, alguien a quien no le sea indiferente la situación que se cree, y alguien con un elevado sentido de la ética, por todo lo cual llegará efectivamente a experimentar un gran sufrimiento. Pero a partir de aquí, no podemos caer en la tentación de creer que se trata de un problema particular entre los precedentemente citados intervinientes en el proceso, dado que el blocking goza de su mayor porción de éxito con el buscado efecto “eco” que se produce en una Comunidad de Propietarios. Se pretende crear animadversión colectiva hacia el agredido, restarle credibilidad, y focalizar hacia él todos los posibles conflictos, muchas veces inexistentes. Ya hemos dicho que el blocking no es un problema de convivencia, pero busca alterarla para con ello consumar la agresión. Por eso, es muy importante poder y saber hacer un diagnóstico precoz, para así aislar el conato y amortiguar sus efectos. Objetivamente serán los que venimos denominando los “espectadores activos”, los que encarnan la tercera tipología de sujetos intervinientes en el blocking. Nos estamos refiriendo a los demás vecinos del inmueble. Serán aquellos que por comodidad y egoísmo perciben el conflicto, pero que hacen piña al lado del agresor, en parte por el temor de ser también agredidos, y en parte por que se identifican o agremian con el que parece el más fuerte dentro de la relación. Son esos consumistas de tiempo a los que nos referíamos al principio de nuestro artículo, que no disponen de un espacio para destinar a proteger a un agredido, porque antes vienen otras muchas superfluas prioridades. De ellos depende que se consienta o no el acorralamiento de la víctima, que se consuman acciones contra su persona, que se digan cosas denigrantes o incluso falsedades. Serán el cúmulo de muchas pequeñas y grandes acciones y omisiones las que acaben mermando la persona, causándole aquél stress que puede acabar con el abandono del inmueble en el mejor de los casos. Los neurólogos tienden a encontrarle explicaciones químicas a estos tipos de comportamientos, por lo que no podemos obviar un componente patológico en esta clase de acosos. Pero también es cierto, y todos lo hemos podido constatar, que existen comunidades conflictivas y comunidades que no lo son. ¿De qué depende? Los arquitectos urbanistas de todos los tiempos han reivindicado siempre la importancia de la relación ubicación, orientación, y espacio. Sin ir más lejos, el recuperado y rescatado feng shui, hoy tan en voga, por ejemplo, nos enseña que nuestros sentimientos reflejan la energía que desprende nuestra casa, y argumenta que los estados anímicos tensos y con mal humor, suelen ser una señal de que la energía de la casa no está sincronizada y que por tanto no tiene armonía. Eso significa que aceptamos la existencia de efectos físicos que pueden propiciar el conflicto de forma totalmente intangible para nosotros, y que la pacífica convivencia puede depender en determinada medida de la ubicación del inmueble, o de su orientación, corrientes, olores, ruidos y colores. Está claro que es un importante mensaje para los constructores de hoy en día, que ahora tienen más elementos a su alcance para propiciar la construcción de casas sanas. De alguna manera recae sobre ellos una determinada porción de responsabilidad cuando un inmueble resulta, sin razón aparente, sistemáticamente conflictivo. Pero tanto si el origen de la agresión es patológico, como si lo que la propicia son los condicionantes de su construcción, lo cierto es que cuando en una Comunidad de Propietarios se manifiesta el blocking resulta francamente difícil ponerle remedio, lo cual no nos exonera de la obligación de todos de combatirlo. Decir que como en todos los conflictos de origen psicosocial lo que conviene es que el conflicto aflore y que el agredido sepa externar que un problema aparentemente particular es en realidad un problema comunitario. El diálogo es esencial, pero siempre y cuando se canalice a través del Presidente de la Comunidad o del Administrador, ya que de lo contrario se produciría un caos. Muy probablemente el agredido habrá llegado a sufrir flaschbacks, es decir, repeticiones de imágenes del trauma como lo puede ser un episodio de humillación pública o incluso un intento de agresión, y la manera de purgar su shock será comentándolo inagotablemente con otros vecinos. Si bien se trata de una reacción psicológica normal e incluso terapéutica, si éste desahogar se produce indiscriminadamente entre los vecinos y no de forma canalizada a través del administrador, se producirá un efecto multiplicador que redundará en perjudicar al agredido, ya que verá como sus vecinos le aburren, le huyen, no desean participar en la creación de bandos enfrentados, y practicarán en el mejor de los casos el inmerecido castigo del silencio. Llegado éste punto debemos aceptar que el blocking se ha cumplido exitosamente, irradiando sus nocivos efectos sobre todos, si bien de diferente manera sobre unos y otros. ¿Qué debemos hacer? Todos coincidimos en que la situación debe abordarse desde sus tres ya clásicas vertientes: la médica, la jurídica, y la social. La médica pertenece a la esfera personal y familiar del afectado, que tendrá determinadas lesiones psicológicas que convendrá sean tratadas. Por otro lado el agredido es el que mejor que nadie sabe que no ha hecho nada para merecer ser el sujeto pasivo del blocking, y para que el mismo no afecte o afecte el mínimo posible a sus vecinos deberá publicitarlo y canalizarlo oportunamente pudiendo su terapeuta ofrecerle medios para ayudarle a tal efecto. La jurídica afecta plenamente al agresor, o el instigador del agresor. El agresor debe saber y ser consciente de que con su actitud o está coaccionado o atenta contra la integridad moral de las personas, y que con ello está cometiendo un delito, castigado con penas que van de los seis meses a los tres años de prisión[1]. Deben tomar conciencia, tanto el agresor como los espectadores activos, que no es aceptable crear un sufrimiento ajeno y pretender quedar al margen del mismo, sino que hay que responder por el mal infringido. La acción de quien promueve el blocking debe ser perseguida por la justicia, así como no debe quedar exenta de culpa la actitud pasiva de quien consiente que la agresión se consuma. Se trata de divulgar oportunamente que actualmente los mecanismos para castigar penalmente tales conductas existen y son un instrumento a nuestro alcance, que sólo tenemos que usar. Y finalmente procede analizar la vertiente social del blocking. Ya hemos dicho que su éxito se alcanza por la actitud pasiva de los vecinos, quienes creen que no les afecta y que es mejor no involucrarse, pero deben entender que su “no hacer” es una parte esencial de la que se nutre la agresión. Consideran que con una actitud pasiva sencillamente no hacen nada, pero lejos de eso deben ser conscientes que su omisión de socorrer al agredido puede tener efectos de diversa consideración, tanto psicológicos como jurídicos. Por eso la doctrina los llama “espectadores activos”. Abordando el blocking desde estas tres vertientes, lo que debemos luego proponernos es la recuperación de unas normas mínimas de convivencia, y con una mayor cuota de respeto para el ámbito puramente privado. Debe hacerse un esfuerzo por recuperar la paz social perdida, cosa que a todos afecta y pertoca. Pero eso sólo es posible si hacemos el esfuerzo de reconocer la existencia del blocking como fenómeno real, con el que convivimos con más frecuencia de lo que quisiéramos y que definimos como acoso psicológico que se produce en una Comunidad de Propietarios, con el ánimo de dañar la imagen o el rol del agredido, dentro de su contexto o hábitat, causándole un deseado sufrimiento. Debe ser abordado de forma multidisciplinar. Lo que estamos definiendo es propiamente un tipo autónomo de conflicto, y si bien es cierto que como tantos otros pueda tener una solución judicializada, no es menos cierto que teniendo en cuenta su hábitat social y comunitario parece más acertada una apuesta que pasa por otra técnica de resolución de conflictos como es la mediación. La mediación es un proceso voluntario y confidencial al que las partes acuden para que a través de la ayuda de un mediador profesional puedan comprenderse recíprocamente y alcanzar un acuerdo que zanje sus diferencias. No se trata de que el administrador haga de mediador, por lo menos respecto de aquellos conflictos que conoce directamente, dado que su no implicación será un elemento apaciguador, pues nadie tendrá la sensación de que éste tome partido por uno u otro. Como tal proceso voluntario, es decir, aquél al que las partes en conflicto no tienen obligación jurídica de someterse, el hecho de que sea acatado por todos produce más satisfacción social que el obligado cumplimiento de una resolución judicial, y con ello se predispone una mejor y mayor recuperación de los valores convivenciales perdidos. Paradójicamente, el agresor debería tener poco interés en acudir voluntariamente a una mediación, pero una de sus características que hasta el momento no habíamos puesto de manifiesto es su deseo de parecer la víctima. Por ello, ante los demás, el agresor jamás reconocerá serlo y jamás cometerá el error de no aceptar, aún sin quererla, una mediación. A partir de aquí será el invisible pero tangible mérito del profesional de la mediación lo que deberá conseguir y que realmente se alcance un acuerdo, y que el mismo perdure en el tiempo. Pero dotar a los administradores de tal imprescindible instrumentos no está siendo una tarea fácil, y se trabaja sin pausa pero sin prisas. |
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