Amianto, fibrocemento y Uralita. Un lío de conceptos. Estos 3 terminos se usan comunmente para hacer referencia a lo mismo, a "esa sustancia que crea cancer". Pero merece la pena conocer las diferencias y empezar a usarlas con propiedad.
¿Cómo ha llegado ahí ese amianto? En España comienza a utilizarse sin ningún control a partir de los años cuarenta, con el nivel de uso más alto en la década de los setenta tras el despegue industrial, continuando su empleo en actividades muy concretas hasta el año 2001, en que se prohíbe totalmente su utilización. La mayoría de edificios construidos en España entre 1965 y 1984 contienen amianto, bien en sus elementos de construcción o bien en sus instalaciones. Algunos expertos estiman que los ciudadanos de España viven entre tres millones de toneladas de amianto. Numerosas empresas introdujeron en España productos realizados con amianto. ¿Cuáles son los elementos constructivos más característicos susceptibles de contener Amianto en un edificio? Existen numerosos elementos constructivos de un edificio susceptibles de contener amianto, denominados Materiales con Amianto (MCA). Señalamos a continuación los más característicos:
¿Qué debe hacer una Comunidad de Propietarios si al acometer una obra existen dudas o sospechas de la existencia de amianto? Deberá identificar los materiales que contengan amianto e informar al contratista, antes del comienzo de las obras:
¿Cómo debe hacerse la retirada? La retirada de residuos que contienen amianto debe seguir un plan de trabajo autorizado por Osalan ya que dicha operación supone un riesgo para la salud de los trabajadores que la realizan. Osalan proporciona actualmente en su web un pequeño libro para poder conocer mejor el procedimiento. No obstante este procedimiento debe ser llevado acabo por empresas competentes en la materia y para ello existe una lista de empresas certificadas llamada RERA y consultable en la web de www.euskadi.eus. A día de hoy la lista que publican es la siguiente: ¿Y si hago caso omiso del procedimiento? Se recogen tres tipos de acciones por retirar uralita sin autorización: –Sanciones: Se producirán por el incumplimiento de las normas de prevención establecidas en el plan de trabajo necesario previo al comienzo de la obra. Serán sanciones o multas de carácter económico y su importe variará entre los 30.000€ y los 600.000€ –Paralización: En éste caso, estaríamos hablando de una sanción de carácter preventivo, cuando se considere que existe un riesgo grave e inminente por contaminación de amianto. En éste caso no se procedería al cierre de la obra si no simplemente a la paralización de las actividades hasta que se establezcan las medidas de seguridad pertinentes. Implica sanción económica y posibles consecuencias penales. –Suspensión o cierre: Es el caso de mayor gravedad. En este caso se interviene por circunstancias de excepcional gravedad, la obra quedaría cerrada por tiempo indefinido hasta que se depurasen las correspondientes responsabilidades delante de la justicia. Acarrea sanciones económicas importantes y posibles consecuencias penales. Hay que tener en cuenta que el promotor de la obra junto con el contratista serán sancionados. En el caso de la comunidad de propietarios, también tendrá responsabilidad como promotor de la obra. |
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